Los Robinsones Incidentales en la administración local

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Por Jordi Oliveres

Un Robinson es una persona que está aislada, o que desea estarlo. Aquellas personas que no desean aparecer en listados o que no desean recibir comunicaciones de las administraciones o de las empresas, también se llaman Robinsones.

 

¿Es fácil denunciar a un ayuntamiento?

Denunciar a un ayuntamiento por incumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) es muy fácil, basta con mandar una instancia a la Agencia Española de Protección de Datos. Si eres de la Comunidad de Madrid, del País Vasco, o de Cataluña la puedes mandar a sus respectivas agencias que tienen competencias en administración local. El año 2008 se presentaron 122 denuncias a la administración y tuvieron sanción 59 de los 79 resueltas durante aquel año.

¿Pero que es un Robinson incidental?

Un Robinson incidental es una persona que se ha relacionado con el ayuntamiento por cualquiera de los temas de su competencia, que no ha visto resueltas sus expectativas y que se "venga" denunciando al ayuntamiento por incumplimientos de la LOPD.

¿Y esto ocurre con frecuencia?

Si, porqué algunas administraciones locales incumplen sistemáticamente la LOPD sin ser conscientes de ello. Las webs municipales son un hervidero de incumplimientos de la LOPD y fuente de denuncias de los Robinsones incidentales.

Un caso real a título de ejemplo. Adjudicación de Viviendas.

Un ayuntamiento de Málaga colgó en su web los datos personales, nombre, apellidos y DNI de solicitantes de viviendas de protección oficial y las causas de exclusión de los demandantes.

Entre las causas de exclusión aparecían epígrafes como "parejas mayores de 25 años con cargas familiares", "incumple tiempo de empadronamiento y posee un bien en otro municipio", "posee un bien de naturaleza urbana", "discapacitados con movilidad reducida", "familias monoparentales con menores a cargo", etc.

Evidentemente la denunciante ante la Agencia Española de Protección de Datos, era una de las personas excluidas del proceso de adjudicación. He aquí un Robinson incidental!!

La Agencia Española de Protección de Datos declaró que el ayuntamiento malagueño había infringido el artículo 10 de la LOPD, lo que supone una infracción tipificada como muy grave.

La denunciante presentó la denuncia seis meses después de la resolución del ayuntamiento, su objetivo no era otro que meter en un aprieto a una administración que incumple la Ley. Salió en los periódicos y el ayuntamiento tuvo que hacer un acto de contrición.

A, eso sí, los servicios jurídicos, de urbanismo, informática, el secretario, y unos cuantos políticos estuvieron distraídos con éste tema unos cuantos meses.

 


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